Subvenciones a Entidades Locales del la CAPV para la realización de actuaciones de promoción de la actividad física durante el ejercicio 2012.

El fin de esta convocatoria es el fomento de la Salud a través de la subvención de actuaciones que promuevan la actividad física y que se lleven a cabo en el ámbito local y desde otros sectores diferentes al sanitario.
Serán objeto de subvención aquellas actuaciones vinculadas a la promoción de la Actividad Física para la salud, entendiendo como tal el conjunto de conductas motrices llevadas a cabo durante el tiempo libre o la vida cotidiana que implican un gasto energético mayor que el que una persona tiene cuando está en reposo y que procura a las personas una mejor salud.
Serán subvencionables las siguientes actividades:
1. La dinamización de actuaciones orientadas a aprovechar las oportunidades que ofrecen los espacios urbanos, para los desplazamientos activos y seguros.
2. La dinamización de actuaciones orientadas a aprovechar las oportunidades para la práctica de actividad física en el entorno del municipio.
Queda expresamente excluida como acción financiable la construcción de vías ciclistas.
Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación presupuestaria de 200.000 euros
- ORDEN de 17 de julio de 2012 (BOPV N 148/2012)
ORDEN de 17 de julio de 2012 del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales del la CAPV para la realización de actuaciones de promoción de la actividad física durante el ejercicio 2012.
- DECRETO LEGISLATIVO 1/1997 (BOPV N 11/1998)
DECRETO LEGISLATIVO 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (BOPV nº 11 de 19 de enero de 1998)
- DECRETO 698/1991, de 17 de diciembre (BOPV N 26/1992)
DECRETO 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión (BOPV nº 26 de 7 de febrero de 1992)
Bilbao:
Goyi Calle goyi.calle@ej-gv.es Alameda Rekalde, 39A 48010 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián:
Blas Borde. eduss-san@ej-gv.es Avda. Navarra,4 13 20013 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz:
Zaloa Gorostizaga z-gorostizaga@ej-gv.es Olaguibel, 38 01004 Vitoria-Gasteiz (Alava)
Oficinas de atención al público (Zuzenean):
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Bilbao:
Goyi Calle goyi.calle@ej-gv.es / 944-032430
Donostia- San Sebastián:
Blas Borde. eduss-san@ej-gv.es /943-022773
Vitoria-Gasteiz:
Zaloa Gorostizaga z-gorostizaga@ej-gv.es / 945-017140
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Bilbao: Patxi Cirarda fbcirarda@ej-gv.es Alameda Rekalde, 39A 48010 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián: Blas Borde. eduss-san@ej-gv.es Avda. Navarra,4 13 20013 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad): Zaloa Gorostizaga z-gorostizaga@ej-gv.es Olaguibel, 38 01004 Vitoria-Gasteiz (Alava)
Zuzenean - Atención Ciudadana:
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Araba/Alava)
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Bilbao: Patxi Cirarda fbcirarda@ej-gv.es Alameda Rekalde, 39A 48010 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián: Blas Borde. eduss-san@ej-gv.es Avda. Navarra,4 13 20013 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad): Zaloa Gorostizaga z-gorostizaga@ej-gv.es Olaguibel, 38 01004 Vitoria-Gasteiz (Alava)
Zuzenean - Atención Ciudadana:
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Araba/Alava)
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Concurso abierto a Entidades Locales de la CAPV para la realización de actuaciones de promoción de la actividad física.
Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen actividades de promoción de la actividad física durante el año 2012.
1.- Las Sociedades Mercantiles Locales, deberán cumplir las siguientes condiciones: que su capital social sea de titularidad pública, y que sus socios sean mayoritariamente ayuntamientos. Además deberán haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad social.
2.- La concesión o, en su caso, el pago de las subvenciones, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
3.- Las entidades solicitantes no podrán encontrarse incursas en ninguna prohibición o en sanción administrativa o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluida la establecida en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación presupuestaria de 200.000 euros.
1. En Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta el 50% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por proyecto.
2. En Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta un 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por proyecto.
Un 80% del importe subvencionado, una vez aceptada la ayuda, conforme a lo establecido en el artículo 22. a).
El 20% restante después de la realización del proyecto subvencionado y tras justificar la realización de la actividad objeto de subvención.
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes.
La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:
Memoria explicativa de la actuación de promoción de la actividad física que incluye descripción de las fases del proyecto, plazos de ejecución del mismo, fuentes de financiación y otros datos relativos al proyecto subvencionado.
Acuerdo de aprobación
Acuerdo de aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita subvención y de la aportación del ente local para su financiación.
Agenda Local 21 (Opcional)
Documento acreditativo, en su caso, de haber iniciado el proceso de implantación de Agenda Local 21, el de la aprobación en pleno municipal del Plan de Acción de Agenda Local 21 o el informe de evaluación y seguimiento del proceso de Agenda Local 21.
Sociedades Mercantiles
Si solicita una Sociedad Mercantil local además de la documentación mencionada anteriormente deberá presentar:
- Acuerdo de aprobación, por parte de los Alcaldes o Alcaldesas de los municipios donde se va a ejecutar la actuación, por el que designan a dicha entidad como ejecutora de la misma.
- Copia de los estatutos inscritos en el Registro Mercantil.
- Poder de representación otorgado a favor de la persona que presenta la solicitud (en el caso de que no sea el representante legal de la entidad).
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Si la entidad solicitante se identifica con un certificado de entidad no deberá aportar ninguna documentación extra para acreditar su identidad.
- Si la persona que se ha identificado con un certificado digital (DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano) es representante legal de la entidad no es necesario que acredite dicha representación.
- Si la persona que se ha identificado con un certificado digital (DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano) es representante voluntaria de la entidad debe acreditar dicha representación aportando el Impreso normalizado.
Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de indicar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.
Anexo II - Memoria de solicitud, explicativa de la actuación
Memoria explicativa de la actuación de promoción de la actividad física que incluye descripción de las fases del proyecto, plazos de ejecución del mismo, fuentes de financiación y otros datos relativos al proyecto subvencionado.El formulario deberá aportarse como documentación al realizar la solicitud mediante el canal electrónico.
Acuerdo de aprobación
Acuerdo de aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita subvención y de la aportación del ente local para su financiación.
Agenda Local 21 (Opcional)
Documento acreditativo, en su caso, de haber iniciado el proceso de implantación de Agenda Local 21, el de la aprobación en pleno municipal del Plan de Acción de Agenda Local 21 o el informe de evaluación y seguimiento del proceso de Agenda Local 21.
Sociedades Mercantiles
Si la entidad solicitante es una Sociedad Mercantil local, además de la documentación mencionada anteriormente deberá presentar:
- Acuerdo de aprobación, por parte de los Alcaldes o Alcaldesas de los municipios donde se va a ejecutar la actuación, por el que designan a dicha entidad como ejecutora de la misma.
- Copia de los estatutos inscritos en el Registro Mercantil.
Entes locales-instrucciones para la aportación de documentación - Solicitud canal electrónico
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria. En cada caso se especifican las posibilidades existentes, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la administración obtenga el dato.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Memoria descriptiva de la realización íntegra del proyecto objeto de la subvención.
Certificado cumplimiento objetivo.
Certificación expedida por el Secretario o la Secretaria del ente local en el que conste el cumplimiento del objetivo y finalidad del proyecto objeto de la subvención.
Justificantes de pago.
Facturas u otros justificantes de pago que acrediten la efectiva realización íntegra del proyecto objeto de la subvención.
Relación de ingresos y gastos.
Relación de ingresos y gastos, especificando, en su caso, la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
A los efectos de justificación por parte de los beneficiarios, del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, las entidades deberán presentar, antes del 10 de diciembre de 2012 la siguiente documentación:
- Anexo III - Memoria descriptiva de la realización del proyecto
Memoria descriptiva de la realización íntegra del proyecto objeto de la subvención según Anexo III. - Certificación expedida por el Secretario o la Secretaria del ente local en el que conste el cumplimiento del objetivo y finalidad del proyecto objeto de la subvención.
- Facturas u otros justificantes de pago que acrediten la efectiva realización del proyecto objeto de la subvención.
- Relación de ingresos y gastos, especificando, en su caso, la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
Este trámite deberá de realizarse utilizando la opción correspondiente "Adjuntar Documentación" en el trámite de Justificación en "mis gestiones" en la sede electrónica de euskadi.net.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco
5 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Sanidad y Consumo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Sanidad y Consumo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.