Convocatoria 2012- Ayudas Acción Humanitaria (línea estrategia-marco)

El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2012 las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo (línea de financiación de las estrategias-marco de acción humanitaria).
2.400.000 euros
- Resolución de 2 de febrero de 2012 (BOPV N 24/2012)
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2012, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo para 2012
- Decreto 31/2008 (BOPV N 41/2008)
Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitaris con cargo a la cooperación para el desarrollo.
- Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
- Oficinas de atención al público (Zuzenean):
Horario de atención al público: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
945.016.403
Aviso:
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Número de Teléfono:
- Desde el País Vasco: 012
- Desde fuera del País Vasco: 945 018000
- Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
- Oficinas de atención al público (Zuzenean):
Horario de atención al público: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
- Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
- Oficinas de atención al público (Zuzenean):
Horario de atención al público: De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2012 las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo (línea de financiación de las estrategias-marco de acción humanitaria).
Entidades y asociaciones
La entidad solicitante deberá cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 7 del capítulo II y, además, uno de los dos siguientes requisitos:
1.– Contar con un Plan Estratégico de acción humanitaria, que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:
a) Valores de la entidad.
b) Visión de la acción humanitaria.
c) Criterios para decidir la intervención o no ante una crisis humanitaria.
d) Mecanismos o protocolos de coordinación en terreno.
e) Líneas estratégicas en las que se establezcan objetivos alcanzables y realistas con sus indicadores y que se refieran, al menos, a los siguientes aspectos: sectores de intervención, comunicación, testimonio y cabildeo.
f) Presupuesto.
2.– Aquellas entidades que no cumplan el requisito relativo al plan estratégico, podrán optar a las subvenciones a las estrategias-marco de acción humanitaria si cumplan dos condiciones:
a) Que en sus estatutos se haga referencia expresa a la asistencia y la protección de las poblaciones afectadas por crisis humanitarias y/o la defensa del Derecho Internacional Humanitario.
b) Que aporten declaración jurada adquiriendo el compromiso de desarrollar un Plan Estratégico de acción humanitaria con los apartados anteriormente señalados en el plazo de un año desde la fecha de resolución que apruebe la estrategia-marco de acción humanitaria. En el plazo de ese año el citado Plan deberá ser presentado ante la Dirección de Cooperación al Desarrollo para su análisis y verificación.
A esta línea de financiación se destinarán como máximo el 70% de los fondos previstos en la orden de convoctoria.
La subvención solicitada será como mínimo de 500.000 euros y como máximo de 800.000 euros.
La subvención concedida se abonará en los siguientes plazos:
a) Un primer pago de hasta el 50% del importe de la subvención en el momento de la suscripción del convenio.
b) Un segundo pago por el resto de la subvención, una vez justificada la realización del 30% del presupuesto total de la estrategia-marco.
Solicitud de Ayuda
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Seis meses a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de la Resolución que convoca las ayudas.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.