Convocatoria 2012-Becas de especialización de profesionales

El objeto de la presente Resolución es convocar para el presente ejercicio 2012 seis becas destinadas a impulsar la especialización y formación de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo, que se desarrollarán durante un periodo de doce meses, cuyo inicio, tras la adjudicación, será determinado porla AgenciaVascade Cooperación para el Desarrollo.
La dotación económica será la siguiente:
a) 18.000 euros para cada una de las becas (cuyo importe total asciende a 108.000 euros) y que se desarrollarán enla Comunidad Autónomadel País Vasco.
b) Asimismo, el gasto total previsto para la realización de la formación recogida en el artículo 3 letra d) del Decreto 138/1997, de 17 de junio, será de 10.000 euros para el conjunto de las seis personas becarias
- Decreto 138/1997, de 17 de junio (BOPV N 125/1997)
Decreto 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las Becas de Especialización en el área de Cooperación al Desarrollo.
- Resolución de 17 de julio de 2012 (BOPV N 140/2012)
Resolución de 17 de julio de 2012, del Secretario General de la residencia, por el que se convocan seis becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 2012.
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
Tel: 945018087 Fax: 945017808
correo: agencia@elankidetza.es
Horario : De lunes a viernes de 8:30 a 14:00
Oficinas de atención al público (Zuzenean):
Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
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Horario : De lunes a viernes de 8:30 a 14:00
Zuzenean - Atención Ciudadana
Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
El objeto de la presente Resolución es convocar para el presente ejercicio 2012 seis becas destinadas a impulsar la especialización y formación de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo, que se desarrollarán durante un periodo de doce meses, cuyo inicio, tras la adjudicación, será determinado porla AgenciaVascade Cooperación para el Desarrollo.
Todos aquellos solictantes que cumplan lo requisitos solictados en el anexo de la Resolución.
Conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 138/1997, de 17 de junio, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Gobierno Vasco de 19 de mayo de 1998, los/las solicitantes de las becas deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2012.
2.- Poseer la condición de licenciado/a, prioritariamente en áreas de Derecho, Economía, Periodismo y Sociología.
3.- No haber sido beneficiario/a anteriormente con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la CAE.
18.000 euros para cada una de las becas.
La distribución presupuestaria del crédito será la siguiente:
a) 30.000 euros con cargo al ejercicio 2012, como crédito de pago, y
b) 88.000 euros con cargo al ejercicio 2013, como crédito de compromiso.
El primer pago se efectuará tras la adjudicación de la beca, previa aceptación e incorporación del becario o la becaria, y será por un importe del 25% de la cuantía de la beca. El segundo abono, por un importe del 40% de la cuantía de la beca, transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca y previa presentación de un informe periódico sobre el desarrollo de las actividades del becario o becaria. El tercer abono, por un importe del 25% de la cuantía de la beca, transcurridos seis meses desde el segundo abono y previa presentación del informe periódico correspondiente. El cuarto y último pago, por un importe del 10% de la cuantía de la beca, se realizará tras la presentación y aprobación del estudio o trabajo a que se refiere el artículo 3, letra a), del Decreto 138/1997, de 17 de junio.
Modelo Solicitud 2012
Manual de instrucciones (pdf, 940 Kb)
Nota: Tanto en el manual de instrucciones como en las pantallas que van apareciendo para hacer la solicitud on-line todos los datos que se piden para la "ONG" se trasladarán en este caso a lo datos de la persona solicitante, es decir, que para acceder a la aplicación deberá primero de darse de alta con una clave/usuario de la misma forma que lo haría una ONG y luego seguir los pasos.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Secretaría General de la Presidencia.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Secretaría General de la Presidencia.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.