El proceso de evaluación
Si tu entidad ha puesto en marcha un proceso para incrementar el uso del euskera, BIKAIN le ofrece una oportunidad de aprendizaje a través de equipos de evaluación externos y cualificados, para fortalecer así sus puntos fuertes, identificar los objetivos de mejora y recibir la ayuda necesaria para continuar mejorando.
BIKAIN genera una dinámica favorable para la presencia, el uso y la gestión del euskera en tu entidad, impulsando así la mejora continua.
Asimismo, a través del certificado se reconoce el trabajo y el esfuerzo que tu entidad ha realizado a lo largo de este proceso.
Todas las entidades:
- Una o varias personas de la plantilla de la entidad solicitante realizarán el módulo de formación del Club de Evaluadoras y Evaluadores BIKAIN. Será un requisito indispensable para que la entidad sea evaluada.
- En el caso de que la entidad solicitante cuente con una plantilla superior a doscientas cincuenta (250) personas, deberá de elaborar y aplicar el plan de igualdad, tal y como establece el artículo 45.2. de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
En el caso de las Entidades Públicas, además de las anteriores:
- Las administraciones públicas contempladas en los artículos 2 y 3 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, así como Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, la Administración de Justicia y la Policía Vasca, deberán contar con un Plan para la Normalización del Uso del Euskera aprobado y en vigor. Además, tendrán establecidos los perfiles lingüísticos y las fechas de obligado cumplimiento en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con el índice obligatorio y el Plan para la Normalización del Uso del Euskera.
- Por lo que respecta a la Administración del Estado, contará con un Plan para la Normalización del Uso del Euskera.
- En el caso de las entidades públicas de derecho privado no contempladas en el ámbito de aplicación de los artículos 2 y 3 del Decreto 86/1997 y de las sociedades públicas, deberán contar con un Plan para la Normalización del Uso del Euskera aprobado y en vigor por lo que se refiere a la lengua de servicio.
Las especificaciones sobre la forma de tramitar, las solicitudes, declaraciones responsables, y demás instancias y modelos estarán disponibles en la dirección:http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/solicitud-certificado-bikain/
La evaluación para la obtención del Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística BIKAIN deberá ser solicitada por la persona representante de la empresa o entidad (privada o pública). Las entidades interesadas deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos.
Asimismo, todas las notificaciones, comunicaciones o trámites posteriores a la solicitud dirigidos a las personas solicitantes, se realizarán utilizando los mismos medios.
Los trámites posteriores a la solicitud se realizarán a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi https://www.euskadi.eus/mi-carpeta/y22-izapide2/es/.
Después de realizar la solicitud, las entidades deben utilizar la aplicación ebalu@zioa.Bik para las tareas relacionadas con el proceso de evaluación, tales como el diagnóstico, la presentación de documentos que ayuden a entender mejor la entidad, la cumplimentación de las encuestas o la obtención del certificado. Para acceder a la aplicación las entidades deben utilizar el medio electrónico que han utilizado para realizar la solicitud.
Un equipo de evaluación analizará vuestra entidad, identificando sus puntos fuertes y áreas de mejora, midiendo la extensión, la consolidación y el nivel de desarrollo de cada ítem del Marco de Referencia Estándar. La evaluación no es el final de un proceso; la información que recibas de ella puede ayudar a tu entidad a mejorar la presencia, el uso y la gestión del euskera en tu entidad.
Los pasos principales de este proceso son:
- Presentar la solicitud de evaluación a través de la tramitación telemática.
- Se realizaran reuniones informativas con las entidades solicitantes.
- Si la solicitud es aceptada, La Secretaría Técnica contactará con la organización para elaborar el Informe previo. Dicho informe constará de dos partes: la presentación de la entidad solicitante y el autodiagnóstico, y en él se recogerá la información fundamental a partir de la cual el equipo de evaluación preparará la evaluación.
- La organización designará al menos a una persona, que tendrá que acudir necesariamente a la formación que da acceso al Club de Evaluadoras y Evaluadores de BIKAIN. Esa persona deberá además mostrar su disponibilidad para evaluar a otras organizaciones.
- La Secretaría Técnica de BIKAIN comunicará a las organizaciones solicitantes la composición del equipo de evaluación propuesto. La organización dará el visto bueno al equipo.
- Visita de evaluación: El equipo de evaluación acudirá a la organización para completar la información, evaluando los aspectos previstos en la agenda y entrevistando las personas acordadas previamente en la agenda.
- La organización recibirá el informe de evaluación elaborado por el equipo de evaluación, que incluirá la puntuación. Dicha puntuación será inamovible.
- Reunión de contraste (opcional). La organización evaluada podrá solicitar del equipo de evaluación una reunión a fin de realizar un contraste de opiniones. La puntuación será inamovible en cualquier caso.
- Obtención del certificado, si así correspondiera. En ese caso la Secretaría Técnica haría llegar a la entidad el Manual de Uso de la marca BIKAIN, para un uso correcto de la misma. También se comunican a la organización los detalles del Acto público de entrega de los certificados.
En el cronograma se especifican las fases de la evaluación BIKAIN y las fechas en las que se realizan. Muestra los dos procesos de trabajo, es decir, el de la entidad solicitante y el de los evaluadores y evaluadoras. Junto a cada una de las fases se precisa la fecha en la que se realiza.
Puedes ver el cronograma del próximo proceso de evaluación en la pestaña “Documentos”.