ORDEN de 8 de mayo de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas para la contratación de personal técnico y/o administrativo y para el desarrollo de actividades por parte de instituciones públicas en el ámbito de la intervención social y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2013

El objeto de la presente Orden es regular y convocar para el año 2013 las ayudas económicas a entidades públicas por parte del Gobierno Vasco, a través de su Departamento de Empleo y Políticas Sociales, para la contratación de personal técnico y/o administrativo y el desarrollo de actividades en el ámbito específico de la inmigración y la convivencia intercultural.
El plazo de ejecución de la actuación del personal contratado o de desarrollo de las actividades es el ejercicio 2013.
La financiación en 2013 de las contrataciones y actividades reguladas en la presente Orden, de un total de 4.089.489 euros, resulta de la suma de las partidas presupuestarias previstas para sus dos líneas subvencionales, en los siguientes términos:
- AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO Y/O ADMINISTRATIVO PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN COMUNITARIA: 3.126.149 €.
- AYUDAS PARA LA CONTINUIDAD DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EN INMIGRACIÓN Y PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL: 963.340 €
-
Continuidad en 2013 de la contratación de personal técnico en inmigración: 405.790 euros.
-
Elaboración, ejecución o evaluación de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural: 557.550 euros.
- Orden de 8 de mayo de 2013 (BOPV N 107/2013)
ORDEN de 8 de mayo de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases para la concesión de las ayudas económicas para la contratación de personal técnico y/o administrativo y para el desarrollo de actividades por parte de instituciones públicas en el ámbito de la intervención social y se efectúa la convocatoria de las mismas para el año 2013.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
El objeto de la presente Orden es regular y convocar para el año 2013 las ayudas económicas a entidades públicas por parte del Gobierno Vasco, a través de su Departamento de Empleo y Políticas Sociales, para la contratación de personal técnico y/o administrativo y el desarrollo de actividades en el ámbito específico de la inmigración y la convivencia intercultural.
El plazo de ejecución de la actuación del personal contratado o de desarrollo de las actividades es el ejercicio 2013.
Serán beneficiarios de estas ayudas, en los términos que se establecen en los artículos 12 y 17, los municipios, mancomunidades, cuadrillas, consorcios, agencias y otras entidades supramunicipales de carácter local o agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco y, en aquellos casos en que tengan como finalidad responder a las necesidades de los ayuntamientos, las diputaciones forales.
AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO Y/O ADMINISTRATIVO PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN COMUNITARIA:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, los municipios y sus organismos autónomos, las mancomunidades, las cuadrillas, los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refiere el artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
AYUDAS PARA LA CONTINUIDAD DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EN INMIGRACIÓN Y PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL
1.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración, aquellos municipios, mancomunidades, consorcios, comarcas, agencias de desarrollo comarcal, entidades supramunicipales de carácter local o agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que hayan tenido contratado personal técnico en inmigración en el año 2012.
2.– Podrán ser beneficiarias de las ayudas para la elaboración, ejecución o evaluación de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural, municipios, mancomunidades, consorcios, comarcas, agencias de desarrollo comarcal, entidades supramunicipales de carácter local o agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las solicitudes de ayudas podrán hacerse de manera conjunta entre varias entidades locales, aunque no tengan mancomunados sus servicios. En tales casos, y cuando así lo solicite una agrupación de entidades locales dentro de cada Territorio Histórico, podrán solicitarse dichas ayudas a través de la correspondiente diputación foral.
La financiación en 2013 de las contrataciones y actividades reguladas en la presente Orden, de un total de 4.089.489 euros, resulta de la suma de las partidas presupuestarias previstas para sus dos líneas subvencionales, en los siguientes términos:
- AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO Y/O ADMINISTRATIVO PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN COMUNITARIA: 3.126.149 €.
- AYUDAS PARA LA CONTINUIDAD DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EN INMIGRACIÓN Y PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL: 963.340 €
-
Continuidad en 2013 de la contratación de personal técnico en inmigración: 405.790 euros.
-
Elaboración, ejecución o evaluación de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural: 557.550 euros.
En el caso de la financiación de actividades, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales podrá financiar hasta un 75% del presupuesto total de las actividades presentadas en cada solicitud.
El pago de las ayudas concedidas, tanto para el desarrollo de actividades como para la contratación de personal, será fraccionado, abonándose el 70% una vez concedida la subvención y el 30% restante, previa presentación de los documentos justificativos de la actividad subvencionada, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización de la actividad.
Formularios para la solicitud de subvención para la contratación de personal técnico y/o administrativo en el ámbito de la intervención social en el País Vasco y para el mantenimiento de personal técnico y actividades en inmigración y convivencia intercultural.
- Anexo IV.
Distribución del crédito para la contratación de personal para el desarrollo de políticas de integración comunitaria.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Memoria descriptiva y de evaluación de la contratación y/o actividad subvencionada.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 5 de julio de 2013, viernes.
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de cuatro meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Servicios Sociales.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Servicios Sociales.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.