Ayudas para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración 2018

[Ayudas para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración 2018]

Descripción


Objeto

Es objeto de esta línea de ayudas impulsar la intervención social que se realiza desde las entidades locales y a iniciativa de las mismas, con el fin de apoyarlas en materia de inmigración y convivencia intercultural.

Para ello se financiará el mantenimiento de la contratación de personal técnico en inmigración que, en alguna de las anteriores convocatorias de estas ayudas, haya sido objeto de subvención, y haya estado vigente en el ejercicio 2017.

Independientemente de las funciones asignadas por la beneficiaria, el trabajo del personal técnico en inmigración será transversal y tratará de implicar y comprometer a las diferentes áreas municipales con el objeto de que se incorporen a las políticas generales las específicas del hecho migratorio, con el fin de conseguir el acceso normalizado a los recursos y servicios municipales en clave de igualdad.

De la misma manera, el personal técnico en inmigración contratado deberá desarrollar las siguientes funciones:

  1. Colaborar en el diseño, ejecución y evaluación de la política vasca en materia de inmigración y convivencia intercultural.
  2. Participar en espacios de contraste y trabajo en red, promovidos desde la Dirección de Política Familiar y Diversidad o desde las propias entidades locales.
  3. Coordinar con la Dirección de Política Familiar y Diversidad los servicios dependientes de ésta, en todas aquellas políticas y estrategias promovidas y dirigidas desde el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en materia de inmigración y convivencia intercultural.

Dotación presupuestaria

381.920 euros

Prestación económica

Todas las plazas de personal técnico en inmigración objeto de subvención deberán ser continuidad de las existentes en 2017.

Las entidades solicitantes deberán justificar debidamente la necesidad del mantenimiento del personal técnico en inmigración en su municipio.

 

Forma de pago:

El Departamento de Empleo y Políticas Sociales podrá financiar el coste de personal correspondiente al ejercicio 2018 en una cuantía que en ningún caso será superior a 23.870 euros anuales por persona técnica en inmigración contratada a jornada completa. Este importe se reducirá en proporción al porcentaje de jornada de dedicación de la persona contratada

A quién va dirigido


Entidades locales

Podrán ser beneficiarias de las ayudas para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración aquellas entidades del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que hayan tenido contratado personal técnico en inmigración en el año 2017 y hayan sido beneficiarias de esta línea subvencional en alguna de sus convocatorias.

 

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Política Familiar y Diversidad

Organismo que resuelve

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Política Familiar y Diversidad

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

10530

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto será de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, transcurrido el cual sin haberse efectuado la publicación establecida en el apartado anterior, los interesados podrán entender desestimada su solicitud de subvención, a los efectos de lo establecido en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites